En el laberinto financiero de las APP peruanas, el Pago por Disponibilidad (PPD) y la Retribución por Inversiones (RPI) revelan un dilema crítico: ¿cómo impulsar infraestructura sin ahogar la competencia ni comprometer la viabilidad económica de los proyectos?
Cuando se promueve la inversión del sector privado en los servicios públicos, es fundamental tener claro que el objetivo principal es seleccionar al mejor operador para ejecutar la inversión, mantener la infraestructura y operar el servicio público. No se trata de trasladar al operador privado riesgos adicionales, como los financieros, más allá de los inherentes a la inversión, la operación y el mantenimiento. Cuantos más riesgos innecesarios se transfieran al operador privado, más costosa será la inversión, lo que puede desincentivar la formación de Asociaciones Público-Privadas (APP). Además, si el proceso de estructuración de las inversiones demora más que otras alternativas, se acumularán razones para utilizar cada vez menos el modelo de APP. Esto fue precisamente lo que ocurrió en el Reino Unido en 2018, cuando se decretó el fin de las APP basadas en el esquema de Pago por Disponibilidad (PPD).
En el caso de las Asociaciones Público-Privadas (APP) cofinanciadas, es importante reconocer que el costo del financiamiento de las inversiones será mayor que el obtenido por el Estado a través de la emisión de bonos o préstamos. No obstante, este costo adicional se justifica porque las APP permiten generar ahorros al transferir riesgos clave, como los de diseño, construcción y operación, lo que garantiza la sostenibilidad de la infraestructura. A largo plazo, este modelo contribuye a la acumulación de activos en buen estado, fortaleciendo la competitividad de un país.
Sin embargo, si los costos financieros adicionales son demasiado elevados y los tiempos de estructuración excesivamente largos, las APP dejarán de ser una opción viable y los países optarán por no impulsarlas. Esto ya ocurrió en el Reino Unido, donde el esquema de Pago por Disponibilidad (PPD) terminó desplazando a las APP de infraestructura.
En el Perú, se impulsó el PPD a pesar de los problemas identificados en su lugar de origen, el Reino Unido, con el objetivo de sustituir un modelo de pagos que sí funciona: la Retribución por Inversiones (RPI). Este esquema, desarrollado localmente, permitió reducir los costos de financiamiento y fomentar una amplia competencia en las licitaciones, lo que, a su vez, disminuyó los costos tanto de las ofertas como del financiamiento.
Sin embargo, la adopción del PPD sin adaptaciones respecto al modelo británico generó efectos similares a los ocurridos anteriormente: reducción en el número de postores por proceso, aumento en los costos de financiamiento y un menor nivel de apalancamiento financiero, además de procesos de estructuración más extensos.
El PPD resulta más costoso en comparación con el RPI, llegando en algunas mediciones a ser más de un 30 % superior, lo que encarece la infraestructura desarrollada mediante APP. Asimismo, el esquema de Pago por Disponibilidad presenta fallas que deben corregirse. Es posible que en los países donde se ha implementado no se hayan identificado estos problemas; sin embargo, el Perú cuenta con la ventaja de haber desarrollado un sistema de pagos financieramente eficiente, el cual podría mejorarse para acercarlo a un modelo óptimo.
El fortalecimiento del sistema de APP requiere esquemas de pago eficientes. El PPD debe mejorarse para que, en el futuro, pueda sustituir al RPI sin generar sobrecostos. Sin embargo, si ambos modelos se optimizan, es posible que converjan como esquemas de pago similares.
El costo de financiamiento estatal o costo soberano utilizado en las inversiones públicas debe ser la referencia del costo de financiamiento de una APP cofinanciada, no será igual pero no debe ser sustancialmente más alta. El sobrecosto del financiamiento también impacta en las APP autosostenibles, afectando las tarifas que pagan los usuarios, por lo que también es importante tener un adecuado esquema de pago.
El concepto de Pago por Disponibilidad (PPD) en las Asociaciones Público-Privadas (APP) surgió en el Reino Unido en 1992 con el modelo Private Finance Initiative (PFI). Su propósito era mejorar la eficiencia y sostenibilidad de los proyectos de infraestructura mediante la participación del sector privado en la financiación, construcción, operación y mantenimiento de activos públicos.
A diferencia de la inversión pública tradicional, donde el pago se realiza directamente por la construcción, en este modelo el desembolso estaba vinculado a la disponibilidad del servicio. Con el tiempo, esquemas similares fueron adoptados en otros países como Australia, Canadá, España y diversas naciones de América Latina (Chile, Colombia, Perú, México), en muchos casos promovidos por el Banco Mundial y otras entidades multilaterales.
En el Reino Unido se realizaron estudios para comparar los costos de obra y financieros entre la Private Finance Initiative (PFI) —basada en el Pago por Disponibilidad (PPD)— y el financiamiento tradicional de obras públicas. La National Audit Office (NAO) elaboró un informe de evaluación en 2009, en el que encontró que el 69 % de los proyectos bajo PFI entre 2003 y 2008 se entregaron a tiempo, y el 65 % se completó dentro del presupuesto acordado. Sin embargo, en su informe de 2011, la NAO fue mucho más crítica, señalando que el uso de PFI "tiene el efecto de aumentar el costo de financiamiento para inversiones públicas en comparación con lo que estaría disponible para el gobierno si se endeudara por su cuenta" y que "el precio del financiamiento es significativamente más alto con una PFI".
La transferencia de riesgos al sector privado era uno de los principales argumentos a favor de las Asociaciones Público-Privadas (APP). No obstante, si los sistemas de pago se encarecen debido al aumento en los costos de financiamiento y no se logra reducir el costo de la obra —porque no se transfiere el riesgo de diseño ni se incorpora la innovación tecnológica del sector privado—, las ventajas de este esquema desaparecen.
Los proyectos Private Finance Initiative (PFI) implicaban costos de financiamiento más elevados. Además, si el Estado retiene el riesgo de diseño al imponer su propia ingeniería, el balance del análisis de Valor por Dinero se vuelve menos favorable para las APP. Si bien en sus inicios los PFI fueron reconocidos por ciertos beneficios en la entrega de proyectos y la gestión de riesgos, evaluaciones posteriores cuestionaron si estos beneficios realmente compensaban los costos adicionales.
Ante los problemas del PFI, en diciembre de 2012 se lanzó el Private Finance 2 (PF2) como una reforma1, que se utilizó en algunos proyectos de infraestructura, pero su adopción fue limitada. El 2018, Reino Unido anunció la eliminación del PF2 y la decisión de no continuar bajo este esquema, reduciendo los proyectos bajo el modelo APP. En diciembre de 2024 recién hubo un proceso importante, el consorcio Ferrovial y BAM obtuvo contratos para diseñar y construir la infraestructura de vía del proyecto de alta velocidad HS22.
Es importante conocer las mejoras introducidas en PF2 (Private Finance 2) en 2012 en comparación con el PFI (Private Finance Initiative). Sin embargo, como se puede notar, no se identificó una alternativa ni se realizaron modificaciones al Pago por Disponibilidad (PPD), principal fuente del alto sobrecosto del financiamiento, por lo que no se logró una solución definitiva.
A diferencia de otros países donde se aplica el Pago por Disponibilidad (PPD), en el Perú se desarrolló un sistema de pagos, el RPI (Retribución por Inversiones), que presenta las siguientes características:
Sin embargo, el sistema del RPI ha recibido dos críticas principales:
Por encargo de ProInversion, se realizó un análisis comparativo entre el Pago por Disponibilidad (PPD) y la Retribución por Inversiones (RPI), complementando el estudio del Reino Unido sobre el costo de financiamiento y competencia. Las conclusiones fueron similares:
El costo de financiamiento de una deuda se analiza considerando dos factores clave: valor cierto y fecha cierta de las obligaciones de pago. Es decir, los acreedores valoran el costo o la tasa de interés de una deuda en función de la seguridad de pago de las cuotas en la fecha establecida. A mayor certeza en el valor y la fecha de pago, menor será el costo del endeudamiento.
En el caso de una obra ejecutada en varios períodos, la seguridad del valor cierto y la fecha cierta debe analizarse en el flujo de repago de la deuda y en los eventos de terminación anticipada del contrato APP, que pueden ocurrir tanto durante la ejecución de la obra como en la etapa operativa.
Ante estos escenarios, los acreedores necesitan conocer con certeza cuánto y cuándo cobrarán sus acreencias. La incertidumbre en estos aspectos eleva el riesgo financiero, lo que se traduce en un costo de financiamiento significativamente más alto bajo el esquema de Pago por Disponibilidad (PPD).
El RPI (Retribución por Inversiones) se estructura bajo un sistema de pagos en el que se estima la fecha de culminación de la obra y se fija el inicio del flujo de repagos de la inversión independientemente del inicio de las operaciones. De esta manera, se establecen condiciones claras de valor cierto y fecha cierta para las obligaciones financieras. Este factor otorga fortaleza financiera al sistema de pagos, lo que a su vez permite reducir los costos de financiamiento.
Por otro lado, en el PPD (Pago por Disponibilidad), los pagos por las inversiones solo se realizan una vez que se inician las operaciones del servicio público. Sin embargo, pueden ocurrir retrasos cuya responsabilidad teórica podría atribuirse tanto al Estado como al operador privado, aunque en la práctica, la mayor parte recae sobre el Concedente.
Para los financiadores, es imposible determinar con certeza el período máximo de retraso que podría presentarse. Por ello, asumen escenarios conservadores, estimando retrasos de uno o dos años, dependiendo de la complejidad del proyecto. En el caso de obras de mayor dificultad, el impacto es aún más severo. Por ejemplo, si la Línea 2 del Metro de Lima se hubiera diseñado bajo el esquema PPD, los retrasos habrían sido aún mayores debido a la demora del Concedente en la entrega de los terrenos.
La incertidumbre sobre el inicio de los repagos en el PPD, en comparación con la seguridad de pago del RPI, tiene un impacto significativo en las tasas de interés de las operaciones de financiamiento. Dado que se espera que los pagos del PPD se realicen en períodos posteriores a lo programado, el acceso al mercado de valores se vuelve inviable, a diferencia del RPI, que sí permite esta opción.
No obstante, existe un impacto económico no adecuadamente valorado en el PPD, relacionado con el aplazamiento de las cuotas debido a la indisponibilidad del servicio. No solo se posponen los pagos vencidos del PPD, sino que todo el flujo de pagos originalmente planificado para 15 años se posterga en su totalidad, generando un efecto financiero adverso.
En la Figura 1, se presenta un caso en el que el flujo de repagos del PPD originalmente programado para ejecutarse entre los periodos 3 y 17 (15 periodos) se estima que podría retrasarse dos años, extendiéndose del periodo 5 al 19. Este retraso genera un impacto en la oferta, encareciéndola debido a la necesidad de compensar el riesgo financiero asociado a la incertidumbre en los plazos de repago.
Figura 1. Impacto del Costo por menor bancabilidad
Fuente: Informe sobre propuesta para el Mejoramiento de la Bancabilidad en Contratos de Concesión basados en Pagos por Disponibilidad
El traslado del flujo de las cuotas de repago del PPD —y, por consiguiente, de la deuda—, junto con el incremento de las tasas de interés debido al mayor riesgo en el financiamiento, se estima que obliga a un ajuste superior al 34% en el PDD. En términos prácticos, esto significa que se paga un 34 %4 más por las inversiones como consecuencia de la inseguridad generada por el Pago por Disponibilidad. Este análisis permite comprender por qué el Reino Unido llegó a la conclusión de que el PPD, como método de pago en las APP, era significativamente más costoso y, en consecuencia, decidió eliminarlo en 2018.
Es por esta razón que los proyectos con PPD son adjudicados con postor único, provenientes de iniciativas privadas5 donde los proponentes se protegieron de los sobrecostos a través del dimensionamiento con cierta holgura de las inversiones y los costos de operación y mantenimiento6. Los sobrecostos financieros, la reducción del apalancamiento financiero o mayores necesidades de aporte de capital, no permiten fomentar la competencia, tal como se diagnosticó en Reino Unido donde se concluyó que el PPD genera un ambiente de poca competitividad.
Tan importante como garantizar la seguridad y predictibilidad en el flujo de repagos de las inversiones es asegurar que las entidades financieras tengan la certeza de que, en caso de terminación del contrato APP, ya sea durante la etapa de construcción o en la etapa operativa, podrán cobrar la deuda actualizada o en flujo al momento de la resolución contractual.
En el sistema de pagos RPI (Retribución por Inversiones), el valor de la Terminación Anticipada se definía en la fecha de resolución del contrato (fecha cierta) y el monto de pago (valor cierto) se determinaba en función del avance ejecutado de la obra o, si el contrato ya estaba en operación, del saldo no pagado en el momento de la resolución, correspondiente a los RPI pendientes.
En la etapa preoperativa, este valor y fecha cierta se sustentaban en un sistema de Certificados de Avance de Obra, emitidos periódicamente por el Concedente, donde se registraba el porcentaje de avance calculado como la relación entre el avance financiero de la obra y el costo total del proyecto. Esto permitía que, en caso de Terminación Anticipada durante la construcción, el monto a pagar se determinara multiplicando el porcentaje acumulado de avance de obra por el valor del RPI, ya sea como un flujo proporcional de los RPI o mediante la actualización del RPI. En la etapa operativa, el pago se realizaba sobre los RPI pendientes, garantizando un esquema con valor y fecha cierta, lo que otorgaba fortaleza financiera al RPI y permitía mantener costos de financiamiento más bajos.
En el sistema de pagos PPD (Pago por Disponibilidad), se eligió el esquema del valor contable del activo para determinar el valor de la Terminación Anticipada. A la fecha de la resolución del contrato, se encarga la valorización del activo relevante, un proceso que puede demorar años, lo que significa que se pierde la fecha y el valor ciertos.
Este esquema genera un riesgo significativo para el Estado, ya que se rompe la relación entre el valor de terminación y la oferta original del postor. Es altamente probable que el valor contable resulte mayor al valor actual de los pagos ofertados en el PPD, debido a que el valor contable es administrado por el Operador Privado. En caso de una resolución anticipada, existe la posibilidad de que su contabilidad pueda estar preparada para este evento.
Un ejemplo de la ineficacia de esta cláusula de terminación es el caso del Gasoducto Sur Peruano, cuyo valor de terminación anticipada aún no ha sido plenamente definido, a pesar de que han transcurrido más de ocho años desde la resolución del contrato en 20177, todavía no se define el valor de la resolución prolongando la incertidumbre sobre el monto definitivo a pagar8. Esto evidencia que la cláusula no garantiza un valor y una fecha ciertos, afectando el financiamiento y el costo del proyecto.
Como se ha mostrado el esquema del PPD es financieramente más débil, pues no mantiene las características principales de un buen esquema de financiamiento: valor y fecha cierta.
La debilidad del sistema de pagos del PPD aconseja volver a priorizar el esquema del RPI, pues ha demostrado ser eficiente para la promoción de inversiones en la infraestructura en el Perú. Sería recomendable aplicar el sistema de RPI en la mayoría de los procesos de APP, especialmente en los de mayor tamaño e ir aplicando el PPD en los procesos pequeños hasta realizar los ajustes necesarios en este sistema de pagos y que disminuya el efecto de los costos financieros, mejore el nivel de apalancamiento y promueva la competitividad.
Si bien el sistema del RPI es favorable, es importante reflexionar sobre las mejoras que podrían realizarse en este esquema de pagos:
Los CAO permiten cubrir las condiciones necesarias para el financiamiento, estableciendo la fecha cierta y valor cierto ante cualquier evento de terminación anticipada que puede ocurrir en el periodo de obra, esa es su función. Si el contrato APP se desarrolla normalmente y se termina pagando hasta el final del flujo de RPI, los CAO no modificarán las obligaciones del Concedente. Sin embargo, si ocurre un evento en la etapa constructiva donde se resuelva el contrato, en ese momento mediante los CAO, se podrá determinar con precisión el valor de terminación correspondiente a los pagos del avance de obra acumulado.
Los CAO pueden ser utilizada como un subyacente financiero para procurar el financiamiento de la obra, y contra la emisión de cada CAO se puede emitir instrumentos de financiamiento, pero esto no cambia la característica esencial de este certificado, que únicamente expresa el avance financiero de la obra.
El sistema de pagos del PPD puede ser evaluado, pero se deben hacer mejoras como las siguientes:
Como se puede ver si se hacen las mejoras al RPI o al PPD, estos sistemas de pago tendrán la tendencia a parecerse mucho y podrán ser eficientes en el financiamiento de las inversiones en la infraestructura.
Referencias
1HM Treasury. (2012). A new approach to public private partnerships
2 Ferrovial. (2024, 5 de diciembre). Ferrovial logra su mayor contrato de construcción en el Reino Unido con un proyecto de alta velocidad.
3 En algunos casos se realizaban operaciones de financiamiento de la obra mediante deuda de bancos y luego del inicio de las operaciones realizar un refinanciamiento mediante bonos u otra alternativa de financiamiento (Mini Perm). No obstante, el costo de financiamiento se incrementa.
4 Cuando el retraso en la ejecución del proyecto alcanza los dos años, la Tasa Interna de Retorno (TIR) disminuye a 6.7%, lo que genera una pérdida de valor del 15.1%. Para compensar este impacto, la anualidad del Pago por Disponibilidad (PPD) aumenta de 26.8 a 35.9, representando un sobrecosto del 34%." (Bravo, 2023, p. 37).
5Según el Informe de Bravo (2023), en los proyectos basados en PPD, el número de postores ha sido muy bajo. El COAR Centro fue adjudicado directamente a un postor. (p.6).
6 Ferrocarril Huancayo-Huancavelica, la adjudicación fue realizada recientemente el 28 de agosto del 2024 tras estar desierto.
7Ministerio de Energía y Minas del Perú, "Ficha del Administrador de la Concesión del Gasoducto Sur Peruano," Osinergmin, 2017. Hasta la fecha, solo uno de los múltiples arbitrajes internacionales en curso ha concluido con un laudo, mientras que otros procesos continúan en trámite.
8International Centre for Settlement of Investment Disputes (ICSID), ENAGÁS S.A. (España) and ENAGÁS Internacional S.L.U. (España) v. Republic of Peru (ICSID Case No. ARB/18/26).
9 Se puede utilizar seguros de servicio de la deuda (Debt Service Reserve Insurance - DSRI), apoyados con Fondos de reserva para el servicio de la deuda (Debt Service Reserve Account - DSRA) que se materiralice en el fideicomiso de administración de caja, también puede utilizarse garantías de cumplimiento de deuda (Performance Bond o Completion Bond con cobertura extendida) o una Carta de crédito standby (Standby Letter of Credit - SBLC).
Ph. D. en Ciencias de la Administración por ESADE. Ha sido Viceministro de Transportes, Presidente de los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada de Infraestructura y Servicios Públicos (CEPRIS).
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