Casi un año después de haberse publicado el nuevo reglamento de la Ley de Obras por Impuestos, la Ley N° 30056 ha introducido algunas mejoras realmente significativas que pueden ser aprovechadas por las empresas para desarrollar una serie de proyectos en beneficio de las comunidades locales.
Según las estadísticas, desde el 2008 hasta la fecha se concluyeron 18 obras de infraestructura por esta modalidad, dando una media de 4 por año. En el 2013, dicha cifra se ha multiplicado de forma importante, puesto que hoy por hoy existen 26 proyectos en ejecución por la vía de obras por impuestos. Asimismo, hay mucha expectativa que con las mejoras realizadas en la Ley N° 30056, la cantidad a desarrollarse sea mucho mayor.
Entre los cambios significativos introducidos por dicha norma, podemos contar los siguientes:
Todas estas nuevas disposiciones apuntan a hacer más popular el mecanismo de obras por impuestos. De esta forma, se logra un triple beneficio: para la sociedad, el Estado y la empresa privada.
Las obras y servicios de saneamiento, transporte y educación benefician sin duda a la o las comunidades donde se desarrolla el proyecto. Por el lado del Estado, éste logra desconcentrar en alguna medida su labor, encargándosela al privado, el cual seguramente la efectuará con mayor rapidez y eficacia. Y, finalmente, las empresas privadas ganan reputación al asociar su imagen y marca con proyectos de alto impacto en sus respectivas zonas de influencia, desarrollando exitosamente así sus programas de responsabilidad social corporativa.
¿Qué otras medidas se deberían tomar para seguir promocionando el mecanismo de obras por impuestos?
Ph. D. en Ciencias de la Administración por ESADE. Ha sido Viceministro de Transportes, Presidente de los Comités Especiales de Promoción de la Inversión Privada de Infraestructura y Servicios Públicos (CEPRIS).
Las Asociaciones Público-Privadas (APP) de servicios y los Servicios por Impuestos (SxI) representan una alternativa ágil y eficiente para dinamizar la inversión en infraestructura pública. A diferencia de los Proyectos de Inversión Pública (PIP), cuya formulación y ejecución pueden extenderse entre cuatro y siete años, estos mecanismos permiten rehabilitar activos deteriorados en un menor plazo y garantizar su sostenibilidad operativa.
En el laberinto financiero de las APP peruanas, el Pago por Disponibilidad (PPD) y la Retribución por Inversiones (RPI) revelan un dilema crítico: ¿cómo impulsar infraestructura sin ahogar la competencia ni comprometer la viabilidad económica de los proyectos?
Este documento analiza dos métodos de valorización de empresas: el PER (Price Earning Ratio) y el Flujo de Caja Descontado (FCD). Ambos, al usar información similar, deberían dar resultados parecidos. El PER destaca por su simplicidad, pero no considera factores clave que sí incorpora el FCD, como tasas de crecimiento y costos. Comprender estas diferencias permite aplicar el método adecuado según el contexto y evaluar mejor el valor real de una empresa.