La ley es tan mala que deja al reglamento el especificar las infracciones y, como no, las sanciones. Esto es inconstitucional. No se puede aprobar una norma y decir que vía reglamento se dirá cuáles son las conductas sancionadas. Es una falta de tipicidad y al principio de legalidad. No habría seguridad jurídica para los funcionarios públicos.
La Contraloría escoge, a quien audita, que operación mira y a quien sanciona y que sanción aplica. Pero, lo más sintomático, están excluidos de la aplicación de esta ley los funcionarios elegidos por votación popular y los ministros y, por supuesto, el Contralor. Ahora tendremos a una Contraloría persiguiendo a los funcionarios públicos y sancionándolos.
Los contadores, con todo respeto, se convierten en jueces y, cómo no, fiscales de los otros funcionarios públicos. Nuestro país necesita una Contraloría que trabaje de la mano de los funcionarios públicos y que no sea una policía. Debe acompañar al funcionario y apoyarlo. El funcionario corrupto seguirá siendo corrupto con, o sin esta norma. La Contraloría debería auto examinarse a ver si sirve a la ciudadanía y si esta ley es parte de ello. Una idea es que le pidan a una universidad o entidad de prestigio que haga una encuesta sobre cómo sienten los funcionarios públicos la actividad de la Contraloría frente a ellos.