La actuación de la Sunat se divide en dos campos: la parte normativa y la parte operativa. En ambas, se vienen tomando una serie medidas que están atentando seriamente contra la seguridad jurídica de las empresas.
En el caso de la parte normativa, tal como se podía esperar por la experiencia de años anteriores, han continuado los cambios. A fines del 2013, las tasas en el sistema de detracciones aplicables a la mayoría de servicios se elevaron entre un 9% y 12% lo cual representa montos imposibles de asumir para empresas dedicadas a ciertos rubros como la minería. Sin embargo, para dar una "apariencia de apertura", a partir de julio de 2014, las operaciones han vuelto a bajar de 12% a 10%, creando un caos operativo.
Por el lado operativo, el principal problema ha sido el ingreso de nuevas formas de cobro, sobre todo el "ingreso en forma de recaudación", bajo el cual la Sunat puede confiscar las cuentas de los contribuyentes aún cuando no exista deuda tributaria.
En este punto es pertinente aclarar que el sistema de detracciones se planteó en un inicio como un mecanismo que permite separar cierta cantidad de dinero de cada facturación para asegurar el futuro pago de impuestos.
Pero en la realidad no ha sido así. El sistema de detracciones se ha convertido en un instrumento de acotaciones, reparos, multas, cuestionamientos de crédito fiscal, en donde la mayoría de veces no existe un sustento razonable. Desde el 2013, la administración tributaria ha utilizado este sistema y el famoso "ingreso en forma de recaudación" como instrumentos para paliar la caída en las recaudaciones, llevándole a tomar decenas o centenas de miles y, en algunos casos, hasta millones de soles de las cuentas de los contribuyentes, incluso ante una completa inexistencia de deuda tributaria o de indicio alguno de evasión.
Por ejemplo, un auditor puede acotar a un contribuyente una deuda de S/. 100,000, por absurda que pueda ser, y habilita a la Sunat a extraer de la cuenta de detracciones S/. 150,000, y no devolverlo mientras el contribuyente mantenga cualquier litigio o fraccionamiento. Además de ser abusiva y absurda, esta norma viola abiertamente el derecho de defensa, es decir, poder litigar sin pagar.
En líneas generales, el "ingreso en forma de recaudación" significa un endeudamiento hacia futuro con el contribuyente, bajo la premisa de que su deuda futura pueda consumir el dinero que está ingresando en forma de recaudación. Sin embargo, y tal como ha venido pasando, si en un futuro se aumenta la tasa de detracción, se puede pensar que van a aumentar las futuras detracciones y los posibles futuros ingresos en forma de recaudación. En otras palabras, el dinero que ya se tomó, lejos de poder utilizarse, va a seguir incrementándose conforme el paso del tiempo. Y mientras ello sucede, las empresas se preguntarán si es seguro seguir invirtiendo en nuestro país.
¿Considera usted que el actual sistema tributario desincentiva la inversión privada?
Es representante titular de CAPECO ante el Comité de Asuntos Tributarios y Económicos de la CONFIEP. Socio de la firma Picón & Asociados, dedicada a la consultoría tributaria. Asociado del Instituto Peruano de Derecho Tributario y de la International Fiscal Association (IFA) – Grupo Perú. Abogado de la Universidad de Lima, Magíster en Administración de la Escuela de Administración de Negocios (ESAN) y egresado del Doctorado en Derecho Empresarial (Universidad de Sevilla).
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) viene anunciando una serie de medidas para aumentar la recaudación. Incluso planea revisar las redes sociales de los contribuyentes para detectar evasiones. ¿Es un buen paso?
El próximo 12 de diciembre vence el plazo para que el Poder Ejecutivo promulgue el proyecto de ley denominado "IGV Justo", norma que permitirá a las mypes que facturen hasta 1,700 UITs (S/. 6.7 millones) la posibilidad de postergar el pago del IGV hasta por tres meses desde su declaración.
Los impuestos son pagos que los privados realizamos al Estado (gobierno nacional o local) para financiar el cumplimiento de sus funciones y las inversiones públicas que sean necesarias. Al mismo tiempo, los impuestos gravan diferentes manifestaciones de riqueza, normalmente la propiedad, los ingresos o el consumo.