Despidos arbitrarios: ¿Cómo impactaría la eventual aprobación del nuevo Código del Trabajo?

Despidos arbitrarios: ¿Cómo impactaría la eventual aprobación del nuevo Código del Trabajo?

El anteproyecto del Código del Trabajo plantea la eliminación del límite máximo de indemnizaciones a pagar en caso de despido arbitrario, lo cual desalentaría a que las empresas conserven en su planilla a personal con muchos años de antigüedad.

Por: Luis Esteban Delgado Sigüeñas el 04 Mayo 2022

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El pasado 13 de abril, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) presentó un anteproyecto del Código del Trabajo que fija cambios importantes en la normativa laboral. Entre ellos se advierte la implementación de disposiciones sumamente rígidas que antes no estaban contempladas y que podrían perjudicar al mercado laboral formal al atacar la fuente de empleo de los trabajadores, lo que podría dar lugar al incremento del desempleo en el país.

Eliminación de topes y sus consecuencias

Uno de los aspectos más significativos que plantea el anteproyecto es eliminar el tope máximo de indemnizaciones a pagar por el empleador en caso de despido arbitrario. Este sería equivalente a 45 días de remuneración ordinaria por cada año completo de servicios.

Cabe indicar que, al día de hoy, si el personal tiene ocho años o más laborando en la empresa y se encuentra contratado a plazo indeterminado, el tope indemnizatorio a recibir será de 12 sueldos. Ahora bien, este anteproyecto no desarrolla el pago de la indemnización por despido, que deberá aplicarse al personal contratado a plazo fijo (hoy la indemnización equivale a una remuneración y media por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, con un tope de 12 remuneraciones).

De aprobarse el anteproyecto, las empresas estarán obligadas a pagar sumas indemnizatorias demasiado elevadas a trabajadores que tengan, por ejemplo, 20 años laborando en ellas. De esta manera, en caso de despido arbitrario, el trabajador se haría acreedor a una indemnización ascendente a 30 sueldos, al no existir límite máximo de pago.

La consecuencia inmediata de esta medida consistirá en un replanteo de las empresas sobre la posibilidad de no mantener en la organización a trabajadores que lleguen a tener muchos años de antigüedad. En ese sentido, optarán por cesarlos de manera temprana y generarán mucha rotación de personal al interior de la organización.

Si a esta acción se suman los cambios en la normativa referida a la tercerización de servicios, la posible reducción de contratos de trabajo a plazo fijo a utilizar y del tiempo de aplicación máxima de dichos contratos, es probable que se registre una disminución del mercado laboral formal en el Perú, que hoy representa solo el 23 % de la población económicamente activa.

Esta situación golpearía de forma directa a las empresas como fuente de empleo, así como a los trabajadores, quienes podrían perder su empleo formal y dejar de percibir pago de remuneraciones y beneficios sociales. A su vez, producto de un eventual incremento de la informalidad laboral, el Estado recibiría menos aportaciones a Essalud, a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y por impuesto a la renta de quinta categoría.

Recomendaciones urgentes

Este tipo de normas populistas y antitécnicas parecen formar parte de un plan de trabajo ejecutado por el Gobierno para cumplir las promesas realizadas a las organizaciones sindicales durante la campaña electoral.

Ante ello, resulta pertinente que el anteproyecto del Código del Trabajo pase por un análisis y debate en el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo, en el que puedan participar representantes de los gremios empresariales, organizaciones sindicales y los propios funcionarios del Estado, con la finalidad de lograr una concertación respecto a la normativa laboral a implementar. En ese sentido, en lugar de impulsar normas populistas, se recomienda generar propuestas normativas que sean realmente técnicas y siempre enfocadas en la búsqueda de un equilibrio para preservar la fuente de empleo (empresas) y la fuerza laboral (trabajadores). ¿Qué medidas podrían tomarse? Déjanos tu opinión.

* Luis Delgado es docente de ESAN Business Law

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De aprobarse el anteproyecto, en caso de despido arbitrario, las empresas tendrían que pagar indemnizaciones demasiado elevadas, sin tope alguno y considerando el total de años de servicio del trabajador en la organización.

Luis Esteban Delgado Sigüeñas

Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Magíster en Derecho Social y en Gestión de Recursos Humanos por la Université Catholique de Lille - Francia y Magíster en Administración (MBA) por la Universidad ESAN. Cuenta con amplia experiencia en auditorías laborales, diseño y elaboración de planes de compensación, asesoramiento de empresas en derecho laboral y gestión de recursos humanos, negociaciones colectivas, procedimientos administrativos sancionadores, así como en la gestión de estrategias de desvinculación y reducción de personal, asesoría y capacitación en materia de hostigamiento sexual laboral, procedimientos de suspensión perfecta de labores, entre otros. Luis ha trabajado como abogado a cargo de la Jefatura Laboral en diversas firmas de Lima, ha sido Gerente del Área Laboral en Ernst & Young - EY (auditora “big four”), y actualmente es Socio del Área Laboral de Salazar & Zúñiga Abogados.

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