Hasta la fecha, el mecanismo de cobro era simple y los afiliados sabían cuánto le descontaban mensualmente de su sueldo por la administración de sus aportes con solo mirar el indicador de la comisión de cada AFP. Ahora pasaremos a un sistema complejo, mediante el cual se gravarán los ahorros acumulados de cada aportante, es como si me cobraran un pequeño impuesto sobre mi fondo.
Aparentemente es una medida interesante porque da liquidez al afiliado; es decir, si una persona con el actual cobro ganaba S/. 1,000 le descontaban S/. 15 de su sueldo. Con el cambio, los S/. 15 estarán en su salario, pero serán descontados de su cuenta individual, la cual no puede hacer uso hasta su jubilación. ¿Eso es bueno o malo? La respuesta es, depende. Si bien es cierto que alivia el bolsillo en el corto plazo, puede afectarlo en el largo plazo.
Si la AFP le quita a un afiliado esos S/. 15 de su cuenta individual, eso significa que ese monto ya no será invertido y, por ende, su rentabilidad será menor con el transcurso de los años. Por ello, el trabajador, antes de elegir una modalidad de cobro, debe preguntarse: ¿Qué me interesa? ¿El alivio inmediato porque tendré más liquidez o mi bienestar futuro a través de mis ahorros acumulados?
Una propuesta que pudo haberse tomado en cuenta es la comisión por rentabilidad; es decir, un premio o un incentivo para las AFP que obtengan mayores ganancias para los fondos de los afiliados. El sistema de cobro por ingresos se ha venido aplicando en Latinoamérica y ha sido más práctico. En el Perú se está optando por el cambio a la comisión por saldo, la cual pasará a ser la única modalidad de cobro en un periodo de 10 años. En otras palabras, el afiliado, sí o sí, deberá trasladarse a esta modalidad sin tener claro qué es lo más beneficioso para los aportantes.
Este sistema de cobro puede ser más peligroso para los jóvenes que recién empiezan a aportar. Cuanto más temprano le cobren a una persona la comisión por saldo, más rentabilidad va a sacrificar, pues ya no verá esos supuestos S/. 15 invertidos y multiplicado por 30 o 40 años de su vida laboral. En cambio, para una persona que ya está cerca a la edad de jubilación quizá le importe menos que le descuenten S/. 15 de su cuenta individual.
Se trata entonces de una decisión difícil para el afiliado porque tendrá que hacer una comparación financiera de largo plazo donde hay muchos supuestos. Para que esos S/. 15 que puse de ejemplo se transformen en S/. 1,000 o S/. 1,500 dependerá de un factor que se llama rentabilidad y no hay manera de predecirla. Que los fondos hayan ganado, por ejemplo, 13% al año no significa que va a ganar lo mismo en el futuro.
Otro factor que debe incluirse es el ingreso del afiliado, quien no sabe si ganará lo mismo de aquí a 20 años. Los mercados y la competencia cambian, por eso es que las autoridades están poniendo sobre los hombros de los afiliados una decisión muy compleja para lo cual la única forma de aliviar ese peso es mediante orientación y educación por parte de la SBS, que está disponiendo la implementación de calculadoras en las páginas web de las AFP.
Mi sugerencia es que las personas hagan cálculos conservadores y que no esperen rentabilidades mayores al 5% anual. Sobre esa base, los aportantes deben evaluar si a la larga le conviene quedarse con la comisión sobre ingresos o sobre saldo administrado.
Desde mi punto de vista, insisto, la gente debería hacer un mayor esfuerzo para ahorrar lo máximo posible. Eso significa hacer un sacrificio hoy para disfrutar de sus saldos acumulados en el futuro. Mi recomendación es que si una persona aún no tiene suficiente monto ahorrado en su cuenta personal, que no deje que le toquen los saldos. Más allá de las calculadoras que se puedan implementar, el afiliado debe ir a su AFP y hacer todas las preguntas que crea necesarias, porque esta es una decisión que tiene implicancias en la pensión futura.
¿Cuál de las tres opciones prefiere usted: comisión por ingreso, comisión por saldo administrado o comisión por rentabilidad? ¿Por qué?
El Sistema Privado de Pensiones (SPP) ha sido puesto nuevamente en jaque con la nueva ley promulgada que permite el retiro del 95.5% de los recursos acumulados en la cuenta individual de capitalización (CIC) al momento de jubilarse*. Desde la lógica financiera, ¿cómo impactará ello al afiliado?