AFP: La norma 95.5 % y el uso de fondos

AFP: La norma 95.5 % y el uso de fondos

El Sistema Privado de Pensiones (SPP) ha sido puesto nuevamente en jaque con la nueva ley promulgada que permite el retiro del 95.5% de los recursos acumulados en la cuenta individual de capitalización (CIC) al momento de jubilarse*. Desde la lógica financiera, ¿cómo impactará ello al afiliado?

Por: Enrique Díaz Ortega el 28 Abril 2016

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No analizaremos acá los efectos potenciales al sistema previsional, los que anticipamos podrían ser desfavorables. Nuestra mirada se centra en los desafíos que debe afrontar el afiliado.

El afiliado que se jubila tendrá que afrontar el nuevo escenario de decidir cómo invertir o ahorrar una importante cantidad de recursos. Diversos estudios de alfabetización financiera han evidenciado el limitado conocimiento que tienen los peruanos sobre los conceptos financieros, y mucho menos de cómo funcionan los mercados financieros.

Las personas suelen preferir disponer dinero ahora y no después. Así tenemos que los jubilados del SPP al momento de optar modalidades de pensión se han inclinado menos a elegir rentas vitalicias de forma inmediata, prefiriendo otras modalidades con rentas temporales.

¿Qué consideraciones deberá tener el afiliado para decidir de manera responsable acerca de los fondos que retirará? Aquí ensayamos algunos criterios centrales:

Asumimos que quisiera prolongar o extender los recursos por lo que estima será su periodo de vida. Como eso es incierto la recomendación es empezar con un número alto (20 a 25 años, por ejemplo).

  • Establecer su "ingreso mensual" en función del presupuesto que debe solventar.
  • Revisitar las respuestas anteriores cada cierto tiempo (2 a 3 años).  
  • El afiliado deberá saber informarse acerca de las alternativas disponibles; cabiendo hacer hincapié que no solo debe mirar el rendimiento o rentabilidad esperada, sino que debe estar consciente que cualquier alternativa tiene riesgos.

Los riesgos pueden ser enfrentados diversificando:

  • En varias alternativas o instrumentos.
  • En alternativas de diferente plazo de maduración (corto, mediano y largo plazo). Sobre esto último debe notarse que las alternativas que encontrarán  no han sido diseñadas para la etapa de jubilación.

Las alternativas financieras típicas podrían ser abordadas con las siguientes consideraciones:

  • Muchos se sentirán tentados a invertir su dinero en depósitos a plazo, pero no podrán evitar el dilema financiero de tener que escoger entre soles o dólares. Más aún, tampoco podrán evitar que los intereses de estos depósitos también fluctúan en el tiempo.
  • La renta vitalicia que ofrecen las compañías de seguros es una posibilidad, donde además se podría tomarla por montos menores a los que resultaban actualmente con el cálculo de pensiones (por ejemplo, definir que se desea recibir por soles mensuales).
  • Hay una gran variedad de fondos mutuos, que incluso pueden invitar a adquirir cuotas en diferentes tipos de ellos. Aquí es importante tener claro el perfil de riesgo del afiliado y poder determinar si se quieren invertir a corto plazo o a más largo plazo (acciones o bonos).
  • Invertir en bolsa directamente, para lo cual lo mejor sería asesorarse con los intermediarios bursátiles.
  • Los inmuebles pueden ser una opción para aquellos que acumulen suficientes ahorros. Al respecto, deberá evaluarse el tipo de inmuebles, la zona donde está ubicado y tener presente que este activo demanda gastos de mantenimiento, además de no siempre asegurar un flujo de renta constante (ocupabilidad).

El afiliado enfrentará una andanada de ofrecimientos de parte del sistema financiero, confrontando una clara situación de asimetría de información desfavorable a él. Es importante abogar por una mayor dosis de educación financiera para el bien de los afiliados.

¿Qué otras recomendaciones le daría a un afiliado a la AFP que va a retirar su fondo gracias a esta nueva ley?


Véase "Measuring Financial Literacy", OECD (2012); o también "La educación financiera en América Latina y el Caribe", CAF (2013)

*Siendo el valor restante del 4.5% destinado al sistema de seguro EsSalud para fines de prestación de seguridad social.

Esta entrada contiene un comentario de:
Enrique Díaz Ortega
PhD (c) en Economía, Cornell University, Ithaca, New York. MA en Economía, Cornell University, Ithaca, New York. Consultor internacional en Mercado de Valores y Sistemas Pensionales. Ha sido Gerente Central del Banco Central de Reserva del Perú.
Profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN.

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