"Indecopi no tiene un mandato contundente y una función clara de rectoría para tutelar los mercados y actuar proactivamente en nombre del interés público y la sociedad. Las pocas veces que lo hace, la Secretaría Técnica de la Comisión, la misma que analiza los conflictos entre partes y actúa como árbitro, es la que debe actuar de oficio y hacer la demanda. De esta manera, la Secretaría se transforma en juez y parte, son los denunciantes de oficio pero también los que analizan y presentan las propuestas de resolución de casos ante la respectiva Comisión.", opinó Santiago Roca, profesor de ESAN.