Programas de compliance: defensa y ataque

Programas de compliance: defensa y ataque

Los programas de cumplimiento buscan educar y entrenar al personal en mecanismos para evitar actos no deseados. Sin embargo, también es necesario establecer planes de acción cuando un tercero pone el plan a prueba.

Por: Carlos Fernández Gates el 06 Marzo 2020

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Los programas de cumplimiento permiten a las empresas, entre otros, desarrollar políticas internas que identifiquen y reduzcan los riesgos específicos asociados a su actividad. Estos pueden hallarse en diversas materias. Su implementación implica brindar capacitación y entrenamiento al personal para que no solo identifiquen los hechos y/o fallas que deben evitar, sino que también tengan un protocolo interno para informar estos eventos. 

En muchos casos, la implementación se enfoca en desarrollar una cultura corporativa que evite hechos internos no deseados. Sin embargo, más allá del entrenamiento de una de las partes, se sabe que en la práctica estos tendrán que lidiar con terceros que, sin ser parte de los programas de cumplimiento, podrán poner a prueba estas políticas mediante mecanismos de presión o, incluso, de coerción (cierre de oficinas comerciales, negativa o demora en la entrega de licencias y/o otorgamiento de buena pro, etc.). 

Defensa contra terceros

En la práctica, existen eventos que requieren de dos partes para ejecutarse. Estos mecanismos podrán ser denuncias administrativas, quejas, acusaciones, entre otros.

Los programas de cumplimiento representan mecanismos de defensa contra terceros, a fin de que la empresa actúe con rapidez ante eventos que desafíen su sistema.

Los planes de reacción dentro de programas de cumplimiento también podrán actuar como elementos disuasivos. Al informar que las empresas no solo evitarán incumplir las normas, sino que también ejercerán acciones frente a todo el que intente vulnerar su programa bajo cualquier medio, sea funcionario público o un consumidor que realice una denuncia falsa, es posible que los terceros limiten su accionar a futuro, al conocer los protocolos instaurados. 

Posibles riesgos

Al enfocarnos en la responsabilidad de las empresas por cualquier falla corporativa cometida, debemos recordar que, en determinadas materias de cumplimiento, existen otras partes activas que participan en la ejecución del hecho no deseado. Si la empresa está entrenada en "no hacer", pero no en enfrentar a estos terceros para no perjudicarse a nivel comercial, el programa tendrá mucha defensa, pero poco ataque.   

Por ello, debemos tener en cuenta que uno de los fines de estos programas es evitar que los actos no deseados ocurran. Así se beneficiará a la sociedad con el buen accionar de las empresas, mediante la eliminación y el desincentivo de estos eventos en el futuro. ¿Se aplican estos programas en tu empresa? Cuéntanos tu experiencia.

Los programas de cumplimiento representan mecanismos de defensa contra terceros, a fin de que la empresa actúe con rapidez ante eventos que desafíen su sistema.

Carlos Fernández Gates

Abogado por la PUCP y Máster en Derecho Comercial e Internacional por la Universidad de Buckingham. Actualmente, es Consejero Comercial de New Zealand Trade & Enterprise y Director Ejecutivo de su propio estudio. Con experiencia en PwC Perú, y en Londres, se especializa en derecho societario y comercial. Profesor en ESAN y autor de un libro sobre inversión extranjera y derecho empresarial. Ha sido distinguido como Caballero de la Orden del Camino de Santiago.

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