El pago responsable de los tributos es una obligación incuestionable de todas las personas, respalda económicamente la actividad del Estado. El combate de la defraudación y elusión tributaria constituye una tarea permanente de la autoridad del ramo.
Para el cumplimiento de estos fines recaudatorios, se ha facultado a la administración tributaria para adecuarse a la modernidad, a la velocidad de los negocios, tanto locales como globales. Así además puede combatir estructuras tributarias, dolosas o elusivas, en igualdad de condiciones.
En esta misma línea, buscando ser aceptado como país miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Perú ha venido adoptando a lo largo de casi una década, diversos lineamientos tributarios de esta institución, entre los que han destacado el acceso e intercambio automático de información financiera.
Sin embargo, en esta ardua labor, la administración tributaria ha olvidado de plano la presunción de inocencia del contribuyente, tratando al mismo nivel que a un defraudador y considerando siempre que actúa con un ánimo de engaño al fisco.
Sobre lo señalado, bastará recordar cómo en una auditoría tributaria el fisco suele actuar usando como sustento su discrecionalidad, omitiendo actuar bajo un criterio de razonabilidad y legalidad, solo con un ánimo recaudador.
"Busquemos ingresar a la OCDE, realicemos el intercambio global de información financiera y combatamos la defraudación, pero no a costa de la violación de los derechos esenciales de los contribuyentes".
Bajo este contexto, en el que la administración tributaria no ha demostrado una mínima neutralidad frente al contribuyente, la nueva facultad que se le ha otorgado al fisco en el Perú, mediante la que tendrá libre acceso a la información bancaria del contribuyente sin necesidad de la orden de un juez, constituye un hecho nefasto para la seguridad jurídica del Perú.
Más allá de la flagrante violación del derecho constitucional al secreto bancario, esta norma resulta absolutamente ineficiente y generará una mayor presión tributaria, económica y psicológica sobre los únicos que tributan en el Perú: los formales. Revisemos algunos aspectos.
Considero que la modernización del sistema tributario peruano es indispensable, pero la imposición de modelos ajenos a nuestra realidad no garantiza de manera alguna éxito en esta reforma.
Tal como lo adelanté en un artículo publicado en 2018, busquemos ingresar a la OCDE, realicemos el intercambio global de información financiera y combatamos la defraudación, pero no a costa de la violación de los derechos esenciales de los contribuyentes.
"Busquemos ingresar a la OCDE, realicemos el intercambio global de información financiera y combatamos la defraudación, pero no a costa de la violación de los derechos esenciales de los contribuyentes".
Socio en Jamis & Dalguerre Abogados - Director del Área Tributaria. Abogado por la Universidad de Lima. Máster en Derecho Administrativo y Tributario por la Universidad Complutense de Madrid. Miembro activo del Instituto Peruano de Derecho Tributario - IPDT. Vicepresidente de Contribuyentes por Respeto. Miembro del Consejo Directivo de Adex. Árbitro de la Cámara de Comercio de Lima. Participación como Director en diferentes empresas, con amplia experiencia en planificación y asesoría tributaria. Docencia universitaria en Derecho Tributario, expositor en temas tributarios y autor de numerosas publicaciones.
Perú es uno de los países de mayor crecimiento de la región, pero el que menos impuestos recauda. ¿Cómo remediar esta situación? ¡Conócelo aquí!
A partir del 2019, todas las personas naturales que obtengan rentas de trabajo, podrán realizar nuevas y mayores deducciones para el cálculo de su Impuesto a la Renta (IR). Sin embargo, deben de tener en cuenta ciertos aspectos previos.