La figura del greeter cobra importancia entre los retailers, ya que este personal explica a los clientes las medidas de seguridad que deben mantener en la tienda y controla su aforo.
Lo que vivimos desde hace algunas semanas, a raíz del COVID-19, nos ha hecho salir de nuestra zona de confort para replantearnos nuevos formatos de negocio, adaptarnos a la nueva mentalidad del consumidor y elegir la venta mediante el comercio electrónico, ya sea a través de las páginas web, las redes sociales o los marketplace, para continuar operativos.
Somos testigos de que algunas empresas textiles se están convirtiendo en fashion retailers y que, algunos fashion retailers en vez de tercerizar la fabricación de sus productos, los fabrican ellas mismas. En definitiva, una situación inédita, pero interesante. Tal como lo predijimos en un artículo anterior, ambos sectores se complementan y, ahora más que nunca, hasta se fusionan.
El pasado 3 de mayo se publicó el Decreto Supremo n.o 080-2020-PCM que aprueba la reactivación económica de nuestro país en cuatro fases. Entre ellas, se estableció la ampliación del sector textil y confección, además del comercio electrónico de bienes para el hogar y afines. Por otro lado, se publicó previamente la Resolución Ministerial n.o 239-2020-MINSA, que aprueba los Lineamientos para la Vigilancia, Prevención y Control de la Salud de los Trabajadores con Riesgo de Exposición al COVID-19, dividiendo según el nivel de riesgo de exposición al virus, que puede ser bajo, medio, alto y muy alto. La definición de riesgo medio abarca a los trabajadores que atienden al público y clientes de manera presencial, por lo que estaría incluido el personal de los retailers que atienden al público.
Asimismo, las municipalidades también empezaron a emitir sus propias ordenanzas. Por ejemplo, la ordenanza n.o 540/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores aprueba medidas de bioseguridad y control para prevenir la COVID-19 y precisa que el aforo en los establecimientos públicos y privados del distrito debe ser del 50 %. Además, deberá mantenerse un distanciamiento de 1.50 metros para la atención al público, el inmueble deberá desinfectarse y los trabajadores tendrán que usar mascarillas y guantes, entre otras medidas. En los próximos días, cada municipalidad publicará sus propios lineamientos y sanciones, en caso de incumplimiento. Por ello, se deberá verificar la ubicación del local comercial para cumplir con las normativas.
Es importante tomar conciencia de que, en algún momento, se aprobarán los protocolos de bioseguridad para la comercialización de prendas de vestir, calzado y demás productos en las tiendas físicas. En el caso de las de moda o fashion retail, deberán contemplar el uso de probadores (por ejemplo, en las tiendas que H&M abrió en Europa, se mantienen cerrados, o es que se utilizarán los probadores virtuales que expliqué en un artículo anterior). También deberán rediseñarse las tiendas comerciales para cumplir con el distanciamiento social y el aforo permitido.
Aun así, cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad, los retailers deben crear estrategias para invitar a sus clientes a cruzar el umbral de la puerta del local comercial. Una nueva idea que está surgiendo es contratar a los greeters, que son como una especie de anfitriones encargados de dar la bienvenida a los clientes en las tiendas para explicarles todas las medidas de bioseguridad que deberán tomar dentro del local. Además, controlarán el aforo y los despedirán. Los greeters no deben ser vendedores ni personal de seguridad, sino personas con la misión de generar la confianza y seguridad necesarias al cliente para que no tema ingresar a la tienda.
En definitiva, la forma de fabricar, comercializar y atender al público cambiará de manera radical. No solo deberá cumplir con todas las medidas de bioseguridad necesarias, sino también deberá pensar en fórmulas creativas para invitar al cliente a regresar a los locales comerciales. ¿Qué otras medidas deberían tomar los retailers para generar más confianza con su público? Déjanos tu opinión.
Abogada por la Universidad de Lima con Magnum Cum Laude. Magíster en Finanzas y Derecho Corporativo por la Universidad de ESAN. Cuenta con una especialización en Derecho de la Moda por el Fashion Law Institute at Fordham Law University, New York. Graduada del Programa de Gestión de Lujo Sostenible emitido por el Centro de Gestión de Lujo Sostenible de Argentina juntamente con el Pacto de las Naciones Unidas de Colombia y Argentina; y del Diplomado en Luxury Management por el Instituto Europeo del Lujo y la Universidad Anáhuac del Norte de México. Ha realizado un curso de especialización en Blockchain, Smart Contracts, Tokenización y Criptoactivos por el Instituto de Blockchain Intelligence de España y el Consejo General de la Abogacía Española.
En la actualidad es Socia Senior del área corporativa & digital investments y jefe del área de derecho de la moda, luxury y retail de Muñiz, Olaya, Meléndez, Castro, Ono & Herrera Abogados. Además es profesora de los cursos de Derecho de la Moda y Retail en ESAN Graduate School of Business y otras universidades.
A la fecha, es Presidenta de la comisión de derecho de la moda y retail del Colegio de Abogados de Lima, miembro del comité de Fashion Law de ASIPI, de la Asociación de Expertos de Derecho de la Moda de España, de la Asociación de Fashion Law Latam de Perú y del Comité Fashion Law de Sao Paulo de Brasil. También es directora representando al Perú de la Asociación Internacional Global Alliance of Impact Lawyers (GAIL América Latina).
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