Gee, Haller y Nobes analizaron la relación entre la contabilidad y la tributación en Alemania y el Reino Unido entre 1996 y 2006. Tras la introducción de regímenes contables basados en las Normas Internacionales de Contabilidad (IAS/IFRS), los autores cuestionan cuál es el sentido del cambio en la relación entre ambos, dentro de los dos países.
Los tres autores mencionados concluyen que Alemania ha caminado hacia una progresiva divergencia entre los resultados contables y fiscales, lo cual ya era observable en el Reino Unido desde los años 90.
Además señalan que, si el legislador fiscal busca una similitud entre reglas tributarias y normas contables, ese objetivo estará, generalmente, condenado al fracaso. Así, en la página 114 del estudio se sostiene: "Las autoridades fiscales podrían intentar alinear a las normas fiscales con las normas contables (incluso cuando estas están relacionadas con los inversionistas), pero esta idea estará condenada al fracaso mientras los reguladores aumenten continuamente -mirando hacia el futuro- las medidas basadas en el mercado".
Para el caso italiano, Gavana, Guggiola y Marenzi muestran que, en 2005, en el momento de la introducción de un sistema basado en las IAS, las discusiones sobre el potencial impacto del nuevo paradigma contable en la base imponible contribuyeron a que el legislador dejara la fiscalidad fuera de la influencia de las nuevas reglas contables.
En los Estados Unidos se verificó también un incremento de la divergencia entre el resultado contable y la base fiscal de las empresas a partir de los años 90. Estas observaciones vienen realizándose en distintos países.
Los autores italianos concluyen (p. 47): "En particular, principios tales como la prevalencia de la sustancia sobre la forma jurídica y la contabilidad del valor razonable, que conlleva un grado significativo de juicio, habrían provocado una volatilidad excesiva de la base imponible y habrían reducido la certeza de la legislación fiscal, causando muchas disputas entre las empresas y los auditores fiscales del gobierno".
Para ellos, en el universo de los contribuyentes que adoptaron los IFRS, se incrementaron las fuentes de divergencia con la tributación. Refieren, en particular, en las siguientes áreas:
(I) La fiscalidad sigue adoptando el principio de realización (por ejemplo, en el reconocimiento de ganancias de capital), mientras que la contabilidad acoge ganancias y pérdidas (potenciales) de valor justo e incluso el deterioro en activos, que constituyen estimaciones de desvalorizaciones y pérdidas no realizadas.
II) La fiscalidad sigue restringiendo la aceptación de muchas provisiones que los IFRS acogen. Estos buscan que los estados financieros reflejen obligaciones futuras probables, a fin de facilitar a los usuarios de la información financiera una imagen tan fidedigna posible de la posición patrimonial. La fiscalidad teme la pérdida de ingresos que la aceptación generalizada de provisiones provocaría, ante la eventualidad de manipulación de valores que tales estimaciones muchas veces posibilitan.
Entre tanto, en los Estados Unidos, y de acuerdo con Desai, se verificó también un incremento de la divergencia entre el resultado contable y la base fiscal de las empresas a partir de los años 90. En las palabras del autor: "El documento registra la creciente discrepancia entre el ingreso en los libros y los ingresos tributarios asociados a los tratamientos diferenciales de la depreciación, el reporte de los ingresos de fuentes extranjeras y, en particular, la naturaleza cambiante de la remuneración de los empleados". Como puede distinguirse, estas observaciones vienen realizándose en distintos países.
¿Percibe usted también una tendencia a la divergencia entre el resultado contable y el resultado fiscal en el Perú?
En los Estados Unidos se verificó también un incremento de la divergencia entre el resultado contable y la base fiscal de las empresas a partir de los años 90. Estas observaciones vienen realizándose en distintos países.
La tendencia internacional sobre doble tributación, particularmente en la Unión Europea, viene orientándose hacia la multiplicación de los convenios de doble imposición. El Perú no debe quedarse atrás en la utilización de este instrumento, que podría ayudarle a atraer más inversiones e impulsar la internacionalización de las empresas peruanas.
En las últimas décadas las cláusulas antielusivas han tomado una relevancia cada vez mayor para luchar contra la planificación fiscal abusiva. La aplicación práctica de estas cláusulas, en las auditorías fiscales y litigios tributarios, se ha centrado en muchas doctrinas como: "sustancia sobre la forma", "operaciones simuladas" y "sustancia económica".