Hoy, habiendo transcurrido más de dos años y medio desde la publicación del D.S. 005-2103-EF en enero de 2013, que fue la primera norma que permitió expresamente la presentación y tramitación de Iniciativas Privadas Cofinanciadas (IPC) y más de año y medio desde la publicación del D.S. 127-2014-EF, que estableció un régimen permanente para la presentación y tramitación de la IPC, cabe hacernos las siguientes preguntas: ¿hacia dónde van las IPC? ¿este mecanismo tiene futuro?
Pues bien, en primer lugar se debe destacar que, habiéndose presentado más de 140 IPC hasta la fecha, ni una sola de ellas ha derivado en la firma de un contrato, ni en la adjudicación del proyecto, que es un paso previo, ni tampoco ninguna de ellas ha sido declarada de interés (que es otro paso previo a la adjudicación).
En consecuencia, resulta claro que algo no está funcionando de acuerdo a lo previsto. Haciendo un análisis objetivo debemos reconocer que, en algunos casos, existen motivos fundamentados por los cuales una IPC es rechazada. Dichos motivos van desde el incumplimiento de algún requisito de admisión, pasando por la falta de una capacidad técnica y/o financiera del proponente, hasta la duplicidad con proyectos que ya se encuentran en Proinversión por parte del sector público.
Sin embargo, no resulta lógico suponer que absolutamente todas las IPC presentadas no sean dignas de ser, por lo menos, declaradas de interés por parte del Estado. El tiempo transcurrido ya es más que suficiente para que, al menos una de ellas, hubiera llegado hasta dicha etapa.
En consecuencia, se debe reconocer que existe un problema de fondo con las IPC. No se puede imputar la responsabilidad de este problema a una sola institución. Cabe tomar en consideración que, en el trámite de las IPC, Proinversión es, hasta cierto punto, una suerte de intermediario entre los sectores (los ministerios principalmente), el MEF y los proponentes privados.
En algunos casos las IPC no avanzan, posiblemente, debido a que no se cuenta con la opinión favorable final del sector o del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Sin perjuicio de ello, lo que se puede deducir en base a los resultados obtenidos hasta la fecha (o mejor dicho, a la falta de ellos), es que no existe, en el aparato estatal en su conjunto, una voluntad política por impulsar y aprovechar el mecanismo de las IPC como herramienta para cerrar la brecha de infraestructura y de servicios públicos.
Es el momento en que el Estado debe sincerar su actitud frente a las IPC y efectuar una revisión integral del marco legal, sobre todo, del marco institucional involucrado en la evaluación y aprobación de las IPC. Esto con el objeto de dar las señales adecuadas al sector privado, es decir, sin inflar las expectativas, pero a la vez haciendo los cambios necesarios para que puedan concretarse, por lo menos, algunos de los valiosos proyectos presentados
¿Qué medidas se deben tomar para que las IPC salgan adelante?
MBA de ESAN con especialización en Finanzas. Máster en Derecho de la Contratación Pública, Universidad Castilla La Mancha. Ha sido Gerente Legal y de Regulación del Concesionario del Segundo Grupo de Aeropuertos y Asesor del Presidente del Consejo de Ministros. Actualmente es Abogado Asociado Senior de Rosselló Abogados, especializado en Asociaciones Público-Privadas.