Banco de Crédito del Perú | | | N° de cuenta | | Código interbancario o CCI |
Universidad ESAN posgrado varios soles |
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S/ |
193-1764415-0-72 |
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002-193-001415182177-15 |
Universidad ESAN posgrado varios dólares |
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USD |
193-1415182-1-77 |
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002-193-001764415072-18 |
Nota 1
La evaluación para acceder al financiamiento solo se realizará una vez, antes del inicio de la matrícula
Nota 2
Para el financiamiento directo que la Universidad ESAN ofrece, los participantes deberán suscribir, previo a la matrícula, letras de cambio. Para ello, la institución se encuentra facultada en contratar los servicios de un tercero para la gestión de firma física o emisión de letras electrónicas, dicho encargo se comunicará al alumno y su aval.
A las empresas que deseen patrocinar a sus ejecutivos (patrocinadores) con la modalidad de financiamiento, se les generará una factura por el valor total del programa, la misma que será canjeada por las letras de cambio que el participante y el representante legal de la empresa deberán suscribir previo al inicio de clases. Con la debida suscripción de las letras el participante culmina el proceso de MATRICULA, y podrá tener los accesos al programa.
Las letras de cambio, aludidas de manera precedente, son títulos valores que la Universidad, podrá transferir en calidad de cobranza o descuento a las entidades financieras locales, informar a las centrales de riesgo ; podrá ser endosado, protestado, transferido a un tercero y/o cobrado mediante un proceso judicial.
Para los casos que el alumno, su patrocinador y/o su aval, de ser el caso, no hayan cumplido con la aceptación de los títulos valores, autorizan a la Universidad ESAN a reportar la deuda vencida a las centrales de riesgo del país; de igual forma la Universidad ESAN se reserva el derecho de transferir a un tercero la cobranza o la deuda, así como accionar judicialmente en caso de incumplimiento a las obligaciones de pago.
Nota 3
Todo documento valorado en caso de no ser pagado en la fecha de su vencimiento generará intereses moratorios de acuerdo a ley, el cual no superará la tasa de interés interbancaria, la misma que es variable, ello conforme a la circular del Banco Central de Reserva del Perú, publicada en su portal web, vigente a la fecha en que se pague el título valor y/o cronograma de pagos, en concordancia con la Ley N° 29947.
Nota 4
Con la firma del presente documento, el alumno que incurra en morosidad autoriza expresamente a la Universidad ESAN a que ésta informe al respectivo aval sobre su situación financiera. Se entiende que la presente autorización se enmarca en la Ley de protección de datos personales, su reglamento, y modificatorias. Asimismo, el alumno y su aval declaran conocer y aceptar que en caso de morosidad la Universidad ESAN se encuentra facultada a ejercer las acciones legales y judiciales en contra del aval y/o alumno.
Nota 5
La Universidad ESAN queda autorizada por el alumno y su aval a proporcionar la información relativa al incumplimiento de sus obligaciones en la que estos puedan incurrir, a terceras personas, inclusive centrales de riesgo. Del mismo modo, la Universidad ESAN queda autorizada a verificar los datos e información proporcionada por el alumno y/o su aval, la misma que tiene carácter de declaración jurada.
Nota 6
La Universidad ESAN informa, que los alumnos a la fecha de GRADUACIÓN de su programa, tengan letras vencidas, letras por vencer, o documentos valorados no aceptados (letras) por parte del alumno, su patrocinador y/o aval, y/o estos mantengan una deuda con la institución, se les retendrá el Certificado de Notas y el Diploma, ello en concordancia a lo establecido en la Ley N° 29947. Los documentos antes mencionados solo serán entregados a la cancelación total del financiamiento, de conformidad con lo indicado en la anterior ley.
Nota 7
El alumno autoriza que, de existir un saldo a su favor, sobre cualquier pago realizado en virtud del Programa u otros programas distintos al financiado, se aplicará a las cuotas pendientes o como pago anticipado a las cuotas futuras que pudiese mantener con la institución a razón del presente financiamiento (es decir, para amortizar la deuda, lo cual podrá incluir el pago realizado por concepto de ''viaje internacional'' en caso de no asistir, o adelantar cuotas).
Nota 8
Si el alumno, su patrocinador y/o su aval (según corresponda), posee deudas vencidas con la Universidad ESAN, no podrá matricularse en cursos llevados por segunda y/o tercera vez sin antes regularizar sus obligaciones financiera con la Institución.
Igualmente, la Universidad ESAN se reserva el derecho de admisión en nuevos programas académicos a alumnos, patrocinadores y/o avales en caso tuvieren obligaciones pendientes de pago con la Universidad ESAN.
Nota 9
Si el alumno se retira voluntariamente del programa, o sufre retiro por razones académicas o disciplinarias, se aplicarán las normas indicadas en el Reglamento del programa académico a efectos de realizar la liquidación que corresponda. De igual forma, el alumno, su patrocinador y/o aval declaran conocer y aceptan las normas indicadas en el Reglamento del programa académico.
Nota 10
Finalmente, el alumno y su aval aceptan y consienten, de manera expresa que la Universidad ESAN pueda tratar los datos personales que nos proporcionen, para los fines descritos en la política de privacidad de la institución: https://www.esan.edu.pe/politicas-de-privacidad
Asimismo el alumno como titular del dato personal, su aval o su representante, podrán presentar la solicitud de ejercicio de sus derechos reconocidos en la Ley N°29733, Ley de protección de datos personales, escribiendo a legal@esan.edu.pe
"Nota: ESAN se reserva el derecho de modificar y/o reajustar los presentes "Términos y Condiciones" dependiendo de la coyuntura sanitaria, la situación económica del país y/o si se modificaran las normas o criterios administrativos aplicables. De ser el caso, ello será comunicado oportunamente por escrito."