Sistema de pensiones: reforma en debate

Sistema de pensiones: reforma en debate

Jorge Guillén, profesor de los programas del área de Finanzas de ESAN, analizó en La República el debate legislativo en torno a la reforma del sistema de pensiones.

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Fuente: ANDINA

La reforma del sistema de pensiones se cocina a fuego lento, luego de que el dictamen, de más de 400 hojas, en el que se reúnen 71 proyectos, no fuera abordado en la última sesión de la Comisión de Economía del Congreso. César Revilla, titular del grupo en cuestión, alega que buscarán “debatirla lo más pronto posible”, considerando que la próxima semana solo tendrá tres días hábiles.

Se abre el mercado: nuevos jugadores, entre ellos, las cooperativas

A partir de la aprobación del predictamen de reforma previsional, el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) pasará a ser integrado no solamente por las AFP —actualmente, cuatro en el mercado peruano—, sino por el grueso de Empresas del Sistema Financiero (ESF) contempladas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS), es decir, bancos, financieras, cajas municipales, bancos de inversión e incluso empresas de seguros, entre otras.

De esta manera, los aportantes que opten por pertenecer al SPP podrán elegir entre estas empresas del sector privado, una situación que, a entender de los congresistas, permitirá mayor competencia para ofrecer las mejores rentabilidades de cara a la jubilación de los trabajadores. Todo el proceso deberá ser supervisado por la SBS, señala la norma.

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Libre traslado: fondos ya no se pierden y podría haber una doble pensión

La nueva ley de reforma previsional faculta a las personas afiliadas al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) a trasladarse al SPP en cualquier momento, de conformidad con la normativa vigente, teniendo derecho al bono de reconocimiento de los aportes realizados “más un ajuste por inflación acumulado”.

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Se abre otra posibilidad: los afiliadas al SNP que se trasladen al SPP y que hayan acreditado al menos 240 unidades de aporte y cuyos fondos “permitan financiar una pensión mínima o proporcional en el SNP”, tienen garantizada una pensión en el SNP “que no es incompatible con la pensión a recibir en el SPP”. Una doble pensión, aunque todavía “quimérica”, según el catedrático de ESAN, Jorge Guillén.

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