La preservación y el cuidado del medioambiente se ha convertido en un desafío global cada vez más urgente ante las consecuencias notorias del cambio climático en diversas partes del mundo. En ese sentido, los principios del derecho ambiental son claves para impulsar la implementación de normas de carácter ambiental con fundamento, dirección y coherencia.
¿Cuáles de estos principios se aplican en el Perú?
Existen siete principios del derecho ambiental que han sido incluidos en la normativa peruana y que debemos conocer.
- Principio de sostenibilidad. Este concepto nació a partir del Informe Brundtland, publicado en 1987 por la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo de las Naciones Unidas. Se define al desarrollo sostenible como un proceso que garantiza la satisfacción de las necesidades humanas del presente sin arriesgar la capacidad de las futuras generaciones para atender sus necesidades. Con este principio se busca que las personas realicen sus actividades de forma responsable y armoniosa con los fines económicos y sociales del país.
- Principio de buena vecindad y cooperación internacional. La resolución de los problemas ambientales implica una mayor cooperación entre naciones. Por ello, este principio plantea la obligación de prevenir, disminuir y controlar la contaminación y el daño ambiental en las fronteras de cada Estado, además de imponer la cooperación entre países para mitigar riesgos y emergencias.
- Principio de responsabilidades comunes, pero diferenciadas. Este principio reconoce que los países deben colaborar para restaurar y conservar el medioambiente, con base en sus respectivas capacidades técnicas y económicas. Uno de los ejemplos históricos más conocidos es el Protocolo de Kioto, firmado en 1997, que estableció objetivos diferenciados sobre la reducción de emisiones de carbono.
- Principio de prevención. El medioambiente es un bien jurídico y, como tal, es finito. En ese sentido, las acciones que se tomen para su reparación o restauración no siempre lo devolverán por completo a su estado original. Por todo ello, la prevención constituye el principal pilar del derecho ambiental. Un ejemplo claro de la aplicación de este principio es la obligación de contar con un estudio de impacto ambiental antes de ejecutar un proyecto de inversión.
- Principio de internalización de costos. El objetivo de este principio es que las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, asuman los costos de los riesgos o daños provocados en el medioambiente. En ese sentido, el agente contaminador tendrá que incluir en su estructura de costos de producción o prestación de un servicio el precio de la vigilancia, la prevención y la restauración del entorno a su estado anterior.
- Principio de responsabilidad ambiental. La persona natural o jurídica que cause degradación en el medioambiente también está obligada a adoptar medidas para su restauración, reparación o rehabilitación. En ese sentido, el principio de responsabilidad ambiental está referido a las acciones correctivas que deberá implementar el causante del daño, por lo cual se constituye como la base del régimen sancionador.
- Principio de gobernanza ambiental. La finalidad de la gobernanza ambiental es armonizar las normas, las políticas, las instituciones, las herramientas, los procesos y la información que se relacionan con la gestión del medioambiente en sus diversas modalidades. Ello facilita la participación efectiva e integrada de los actores públicos y privados en el manejo de conflictos, la toma de decisiones y la construcción de consensos.
Como podemos concluir, los principios del derecho ambiental cumplen un rol esencial para sentar las bases de lo que en el futuro pueden convertirse en normas vinculantes.
Referencias