
Las modificaciones se realizan en función de que, a partir del 1 de agosto del 2013, los trabajadores independientes empezaron a aportar obligatoriamente a la AFP o a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), según sea la elección del aportante. El monto y la tasa del aporte figurarán ahora debajo de la retención por el Impuesto a la Renta (IR) y otros tributos.
Por su parte, los libros y registros de empresas, vinculados a asuntos tributarios, deberán contener también los aportes obligatorios de los deudores del IR de cuarta categoría (independientes). Asimismo, para emitir el recibo por honorario electrónico, se deberá registrar el régimen pensionario al que se encuentra afiliado ingresando manualmente el importe correspondiente.
Como parte de sus esfuerzos de fiscalización, la Sunat elevó el control de los servicios que ofrecen los trabajadores de cuarta categoría. Para ello, ha analizado la declaración de ingresos de 40 mil personas. La entidad tiene previsto realizar un mayor control de los gastos indebidos de las empresas que utilizan facturas para tributar compras personales o domésticas de manera errónea.
Sobre los cambios normativos, Jorge Picón, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, indicó que esta modificación responde a la adaptación de las normas sobre emisión de Recibos por Honorarios o información que debe contener el Libro de Ingresos y Gastos de los Trabajadores Independientes que no superen los 40 años1 (a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 29903), que a partir de agosto están obligados a aportar a un fondo de pensiones (SPP o SNP).
"Los requisitos mínimos de los Recibos por Honorarios, que se incluyen con esta modificación, es la información sobre el aporte obligatorio al SNP o al SPP, de ser el caso, indicando la tasa del aporte correspondiente. Similar información se incluye en el recibo por honorarios electrónico, la cual se ingresará manualmente", refirió.
Añadió que respecto a la información del libro de ingresos y gastos (manual o electrónico), se ha incorporado el aporte obligatorio al SNP o al SPP, de ser el caso.
¿Considera que se debe aumentar la fiscalización para que los independientes cumplan con sus aportes previsionales?
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1 Dichos trabajadores independientes deberán exhibir y/o entregar, según corresponda, a su agente de retención, una copia o impresión del documento que acredite su afiliación al SPP o al SNP, conjuntamente con su recibo por honorarios, cuando corresponda emitirlo (D.S Nº 166-2013-EF).
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