El pasado 4 de abril, la organización sindical International IndustriALL Global Union, que representa a 50 millones de trabajadores de la manufactura, minería y energía en el mundo, envió una carta al presidente de la República, Ollanta Humala, en la que solicita la derogatoria del Decreto Legislativo Nº 22342 (Ley de Promoción de Exportaciones no Tradicionales), pues asegura que al amparo de esta norma se cometen abusos contra los trabajadores peruanos del sector textil.
En el documento, la organización sindical advierte que Perú y Bangladesh son los únicos países del mundo que tienen vigente un régimen laboral especial para el sector exportador. "Es lamentable que después de 34 años de beneficiarse con el régimen laboral de exportación no tradicional, y a pesar de la alta calidad del algodón peruano, las empresas exportadoras del sector textil y vestido sostengan que no consiguen sobrevivir si no pueden, al igual que Bangladesh, seguir beneficiándose de un régimen laboral especial", refiere la carta firmada por Jyrki Raina, secretario general de IndustriALL Global Union.
Un mes antes, seis empresas internacionales del sector textil: New Balance, Nike, PVH Corp. (dueña de las marcas Tommy Hilfiger y Calvin Klein), VF Corporation (propietaria de las marcas Wrangler, Lee's, North Face, Nautica y Timberland), 47 Brand, y Life Is Good remitieron una misiva también al presidente Humala donde le instan a "demostrar su fuerte apoyo a la inclusión social y condiciones de trabajo decentes, derogando el DL 22342".
Al respecto, el ministro de Comercio Exterior y Turismo, José Luis Silva, denunció que existen organismos no gubernamentales (ONG) extranjeras que buscan desestabilizar a las empresas exportadoras peruanas para que pierdan competitividad ante otros países. "Hace poco hemos visto que algunas ONG y otras empresas, motivadas por estas, han salido a denunciar prácticas antilaborales en el sector exportador local, cuando es todo lo contrario", aseveró.
Para Germán Lora, profesor de la Maestría en Finanzas y Derecho Corporativo de ESAN, si las denuncias de las ONG fueran ciertas, existen mecanismos regulados en los TLC y en la ley peruana para lograr el cumplimiento de los derechos laborales y corregir la situación que pudiera haberse presentado.
"Dentro de los mecanismos a los cuales nos referimos se encuentra, fundamentalmente, la inspección del trabajo, sistema que a través de las denuncias de los trabajadores o de actuaciones programadas por parte de la Autoridad Administrativa de Trabajo, persigue el cumplimiento de las obligaciones laborales, bajo apercibimiento de imponerse a las entidades empleadoras, sanciones económicas", aseguró.
Recordó que con la Nueva Ley Procesal del Trabajo (a partir del año 2010) se pretende que los procesos laborales sean más expeditivos y que, por tanto, la exigencia y cumplimiento de los derechos laborales se realice en un periodo de tiempo muy corto.
"No existe en este ni en ningún sector de la economía peruana una actuación sistemática dirigida al incumplimiento o desconocimiento de las obligaciones laborales, dentro del marco de la legislación laboral peruana. Pensar ello representa un desconocimiento de la realidad peruana y un agravio a los empleadores y empresarios nacionales", sostuvo Lora.
El también abogado laboralista precisó que las normas laborales especiales buscan la generación de empleo y la formalidad del mismo, objetivos avalados y exigidos por la propia OIT para el Perú. "Dichas medidas de fomento se centran principalmente en las facilidades en la contratación de los trabajadores, dotando de flexibilidad a las entidades empleadoras", sostuvo.
¿Considera necesario que el sector exportador no tradicional cuente con un régimen laboral especial?
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