A partir de 2025, las aseguradoras deberán informar a la SBS sobre pólizas de caución y cartas fianza. Arturo García, profesor de los programas de Finanzas de ESAN, señaló en Gestión que estas garantías son comunes en licitaciones públicas y ayudan a evaluar mejor las obligaciones financieras de las empresas.
Desde el 2025, las compañías de seguros deberán reportar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) información sobre los seguros de caución y las cartas fianza emitidas y ejecutadas.
Esta norma tiene como finalidad la creación de un ente centralizado que permita contar con datos sobre los referidos productos, así como de los siniestros relacionados con ellos y la identificación de diversos riesgos, señala el regulador.
Arturo García, profesor de Finanzas de Esan, coincide con el abogado en que las pólizas de caución son particularmente utilizadas en las licitaciones que realizan entidades estatales cuando adjudican obras públicas o la prestación de un servicio.
Con ello, suelen solicitar a los postores una garantía de fiel cumplimiento por un porcentaje del valor del contrato, por ejemplo, el 10%, explicó.
“En las centrales de riesgo figura la información de las deudas de un agente económico en el sistema financiero, pero no sobre las cartas fianza y similares emitidas por compañías de seguros”, observó el docente.
García refirió también que, con esta medida, se está dando mayor información al mercado sobre las obligaciones de una empresa. Si un banco, por ejemplo, está evaluando darle un crédito a una compañía, sería importante saber si el cliente además de una o varias líneas de financiamiento cuenta con cartas fianza emitidas por algunas aseguradoras, comentó.
“Las pólizas de caución y las cartas fianza actúan como créditos indirectos y, al igual que un aval, se ejecutan ante una contingencia. No es una obligación en sí, pero el emisor asume un riesgo crediticio”, sostuvo.
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