Crisólogo Cáceres, profesor del
Diploma en Derecho del Consumidor de ESAN, explica aquellas prácticas de cobranza que atentan contra los derechos de los deudores: "Las entidades o empresas acreedoras tienen una serie de restricciones al momento de cobrar sus deudas. Las renegociaciones de pago deben ser razonables y posibles de pagar, mientras que también están prohibidas las cobranzas telefónicas pasando las 8 de la noche, la colocación de carteles o letreros en el domicilio o centro de trabajo del deudor, y cualquier modalidad que afecte a la reputación del mismo", señaló para ATV+.