Convocatoria 2024-2: Elección de representante de los alumnos de posgrado ante la asamblea general y el consejo de ESAN

Convocatoria 2024-2: Elección de representante de los alumnos de posgrado ante la asamblea general y el consejo de ESAN

De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto y reglamentos de la Universidad ESAN, se convoca a los alumnos de posgrado a elegir a sus representantes ante los órganos de gobierno de la universidad, para el periodo del 13/10/2024 al 12/10/2027. 

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Alumnos Posgrado:

  • Un representante de los alumnos de los programas de maestría ante la Asamblea General Universitaria 
  • Un representante de los alumnos de los programas de maestría ante el Consejo de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados.

 

Recepción de candidaturas: Del 18 de setiembre al 2 de octubre de 2024

A continuación, los links en los que pueden descargar, según corresponda, los formatos de postulación y remitirlos al e-mail: comite_electoral_universitario@esan.edu.pe: 

Link para candidatos a representante de alumnos del posgrado ante la Asamblea Universitaria

Link para candidatos a representante de alumnos ante el Consejo de la Escuela de Posgrado

Fechas de votación 

  • Período de votación (3 días): Primera convocatoria: 14 – 16 de octubre de 2024 
  • Publicación del cómputo de votos (2 días): 17 y 18 de octubre de 2024
  • Segunda Convocatoria: Período de votación (3 días): 28 al 30 de octubre de 2024*
  • Publicación del cómputo de votos (2 días): del 31de octubre al 04 de noviembre de 2024

Les brindamos el link de acceso al sistema de votación, que se activará en las fechas de votación en el horario de 8:30 a.m. a 5:00 p.m. : https://votoelectronico.esan.edu.pe/

*De no obtener la participación mínima establecida en el reglamento del CEU en la primera convocatoria, se votará en las fechas indicadas para la segunda convocatoria en el mismo horario.

Lima, 17 de septiembre de 2024 

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Comité Electoral Universitario

REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE LOS ALUMNOS Y GRADUADOS

REGLAMENTO DEL COMITÉ ELECTORAL UNIVERSITARIO 

CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD

De los Electores

Artículo 8°.- Son electores (…) 

b) Los alumnos ordinarios, de conformidad con los Artículo 60 y 61 del Estatuto de la Universidad*.

*Estatuto de la Universidad

Artículo 60.- Los alumnos ordinarios son aquellos matriculados y cursando estudios conducentes a la obtención de algún grado académico, título profesional o título de posgrado en segunda especialidad en la Universidad. Los demás alumnos son considerados extraordinarios. 

Artículo 61.- La condición de alumno se adquiere por la matrícula en alguna de las unidades académicas de la Universidad y se mantiene por el cumplimiento del trabajo académico, pudiendo perderse por razones académicas o disciplinarias, según lo establecido en el respectivo Reglamento.

De las Candidaturas

Artículo 15°.- Representante de los alumnos ordinarios. 

Son elegibles los alumnos que se encuentran en el tercio superior del orden de mérito de su promoción en la Escuela de Administración de Negocios para Graduados y de las Facultades de la Universidad, que residan en el Perú y que se inscriban en el proceso electoral correspondiente, con excepción de los miembros del Comité Electoral Universitario.

Los alumnos de las Facultades de pregrado de la Universidad deberán haber cursado y aprobado por lo menos 60 créditos académicos y no estar cursando el último ciclo de su programa.  

Los alumnos de los programas de posgrado deberán haber cursado mínimo 6 créditos a la fecha de elaboración del padrón de elegibles.

Artículo 16°.- Representante de los graduados. Son elegibles todos los graduados de la Escuela de Administración de Negocios para Graduados y de las Facultades de la Universidad, que residan en el Perú y que se inscriban en el proceso electoral correspondiente, con excepción de los miembros del Comité Electoral Universitario.

Artículo 24°.- Validez de la votación. 

Para la validez de las votaciones se requiere la participación de por lo menos: (…)

b) 51% de los alumnos.

c) 20% de los graduados.